Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210215-191

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

191
Madrid número 40. Procedimiento 896/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 896/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PALOMA SANCHEZ GARCIA frente a FOGASA y HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL sobre Despidos / Ceses en general se han dictado las siguientes resoluciones:

PROVIDENCIA

ILMO. SR/A.

D./Dña. YOLANDA MARTINEZ ALVAREZ

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.

Con carácter previo a dictar sentencia solicítese informe de vida laboral de la demandante a través del punto neutro judicial

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 4684-0000-61-0896-19 y para pagos en ventanilla 4684-0000-61-0896-19.

Lo manda y firma S.Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

PROVIDENCIA

ILMO. SR/A.

D./Dña. YOLANDA MARTINEZ ALVAREZ

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.

En uso de la facultad conferida al Juzgador en el artículo 88 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con suspensión del plazo para dictar sentencia y con intervención de las partes, se acuerda la práctica de la/s siguiente/s diligencia/s final, que habrá de practicarse en el plazo de CINCO DÍAS, la siguiente:

Unido el contenido del informe de vida laboral de la demandante, se acuerda como diligencia final y con suspensión del plazo para dictar sentencia, requerir a la parte actora para que en el plazo de CINCO DÍAS aporte las nóminas percibidas de la empresa Agencia de Medios Dupol, S.L. desde el 01 de octubre de 2019 hasta la actualidad.

Una vez practicada la diligencia final dese traslado a las partes por TRES días para su conocimiento y conclusiones, si a su derecho interesa; y una vez concluido este plazo, dese cuenta a S.Sª y queden los autos conclusos para dictar la resolución que proceda.

Si trascurrido el plazo para la práctica de la diligencia final no se hubiese cumplimentado, dese cuenta para acordar lo que proceda.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 4684-0000-61-0896-19 y para pagos en ventanilla 4684-0000-61-0896-19.

Lo manda y firma S.Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HIPOTENUSA PUBLICIDAD SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.712/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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