Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210211-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

94
Madrid número 93. Procedimiento 527/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 527/2019, entre doña Mariana Leonor Vicente y don Sebastián Isidro Calva Jaramillo, en cuyos autos se ha dictado la sentencia de 25 de enero de 2021, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Mariana Leonor Vicente Arrobo, contra don Sebastián Isidro Calva Jaramillo, decreto haber lugar a la disolución por causa de divorcio de su matrimonio, contraído en Quito (Ecuador), el día 16 enero de 1997, con los efectos inherentes a tal declaración, quedando revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica y la extinción de su régimen económico matrimonial, y con fijación de las siguientes medidas:

1. La patria potestad sobre el hijo menor del matrimonio, Iñigo Javier, nacido el 20 de mayo de 2003, será ejercida en exclusiva por la madre.

2. Se atribuye a la madre la guarda y custodia sobre el hijo menor.

3. No ha lugar a establecimiento de régimen de visitas.

4. No procede en este momento fijar pensión alimenticia a cargo del progenitor no custodio para el hijo menor ni la forma en que el mismo debe contribuir a los gastos extraordinarios que pudieran generar la misma.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado. Notifíquese a las partes y al ministerio fiscal.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4341-0000-33-0527-19 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 4341-0000-33-0527-19.

Líbrese testimonio al Registro Civil Central para su inscripción, conforme a lo previsto en el artículo 755 de la LEC.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La juez/magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Sebastián Isidro Calva Jaramillo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 29 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.477/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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