Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210211-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 6

199
Sevilla número 6. Procedimiento 186/2019

EDICTO

D/Dª DIANA BRU MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 186/2019 a instancia de la parte actora D/Dª. MARIA DOLORES BENITEZ GOMEZ contra INSS, CLINER SA, FREMAP, TGSS, ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES SL, IBERCLINER SA, ISS FACILITY SERVICES SA, UNIVERSAL CLEANING ACTIVITIES UNICA SL y UNICA DE SERVICIOS DE LIMPIEZA SA sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado RESOLUCION de fecha 18/12/2020 del tenor literal siguiente:

No habiéndose podido proveer la ampliación de la demanda se acuerda la suspensión de los actos de ley señalados para el día de hoy y se señalan nuevamente, para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio sucesivamente, el primero ante la Letrada de la Administración de Justicia, en la secretaría de este Juzgado, sita en Avenida de la Buhaira 26. Edificio NOGA. Planta 5ª, el día 13 DE MAYO DE 2022, A LAS 9:25 HORAS y el segundo ante el Magistrado-Juez, que tendrá lugar en la sala de vistas de este juzgado sita en Avenida de la Buhaira 26. Edificio NOGA. Planta 1ª, Sala nº 11, señalado el mismo día a las 9:40 HORAS, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al primero de los actos señalados se le tendrá por desistido de la demanda, y a la demandada de que de no efectuarlo se celebrará el acto sin su presencia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: contra dicha resolución cabe recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES SL, ISS FACILITY SERVICES SA, UNIVERSAL CLEANING ACTIVITIES UNICA SL, UNICA DE SERVICIOS DE LIMPIEZA SA, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a siete de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/1.637/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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