Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
08-02-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210208-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

99
Madrid número 20. Procedimiento 320/2018

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 320/2018, instados por el procurador don José Antonio Pérez Casado, en nombre y representación de doña María Remedios Gómez Ortes, don Juan José Gómez Ortes, don Félix Gómez Ortes y doña María Remedios Gómez Ortes, contra Fresilla, S. L., en los que se ha dictado en fecha 16 de octubre de 2019 sentencia número 256/2019, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 256/2019

Madrid, a 16 de octubre de 2019.—Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera Instancia número 20 de los de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 320/2018, derivados de demanda presentada por doña María Remedios, don Félix, don Juan José y doña Encarnación Gómez Ortes, representados por el señor Pérez Casado, y bajo la dirección letrada del señor Tomé García, contra Fresilla, S. L., declarada en situación legal de rebeldía procesal, se ha dictado la presente resolución en base a los siguientes:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Pérez Casado, en nombre y representación de doña María Remedios, don Félix, don Juan José y doña Encarnación Gómez Ortes, contra Fresilla, S. L.:

a) Se condena a la demandada a dar cumplimiento al contrato de compraventa suscrito en fecha 8 de julio de 2004, y su anexo de fecha 28 de diciembre de 2005, procediendo a comparecer en la notaría de don José Javier Castiella Rodríguez, situada en la calle Libreros, número 14, de Alcalá de Henares, el día y hora que al efecto se señale, a fin de otorgar escritura de compraventa con los demandantes.

b) Se condena asimismo a la demandada a que simultáneamente a todo ello, proceda a satisfacer el resto del precio pendiente, ascendente a la suma de 30.000 euros, más la cantidad de 15.439,79 euros, en concepto de IVA calculado sobre la totalidad del precio pactado como compraventa.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Fresilla, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia.

(02/2.406/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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