Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2021

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210205-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

85
Madrid. Sección Undécima. Procedimiento 458/2019

Sección Undécima

EDICTO

Doña Amalia Marcos Andrés, letrada de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, y con el número de rollo 458/2019, se siguen en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 467/2017, procedentes del Juzgado de primera instancia número 8 de Majadahonda, seguidos a instancias, como apelante de don ASF, y doña MACF, y como parte apelada BBVA Autorenting, S. A., y contra Telcomges, S. L. (en rebeldía), sobre reclamación de cantidad, habiendo sido magistrado-ponente don Cesáreo Duro Ventura, dictándose sentencia con fecha 6 de noviembre de 2020, cuyas parte dispositiva son las siguientes:

Fallo

Que desestimando el recurso interpuesto por don ASF y doña MACF, contra la sentencia de 12 de marzo de 2019, confirmamos dicha resolución, con imposición a la apelante de las costas causadas.

La desestimación del recurso determina la pérdida del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Modo de impugnación: contra esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días, y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco Santander, con el número de cuenta 2578-0000-00-0458-19, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma a la apelada no comparecida por hallarse en paradero desconocido a Telcomges.

En Madrid, a 22 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.702/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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