Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210205-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

117
Madrid número 16. Ejecución 188/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCIÓN 188/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ESTEBAN HERNANDEZ RUEDA frente a SAG MECANIZADOS TECNICOS INDUSTRIALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución AUTO DE EJECUCIÓN de fecha 13.01.2021 cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D. ESTEBAN HERNANDEZ RUEDA frente a la demandada SAG MECANIZADOS TECNICOS INDUSTRIALES SL, parte ejecutada, por un principal de 11.561,42 €, más 1.156,14 € y 1.156,14 € de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2514-0000-64-0188-20.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a SAG MECANIZADOS TECNICOS INDUSTRIALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de enero de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/900/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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