Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210202-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

96
Madrid número 12. Procedimiento 960/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 960/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARÍA MAR REDONDO REQUEJO frente a FRUTAS SANSE, S. A., sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por doña María del Mar Redondo Requejo frente a Frutas Sanse, S. A., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 6000 euros, a la que será de aplicación el interés legal del dinero.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta resolución.

Así por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FRUTAS SANSE, S. A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 8 de enero de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/374/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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