Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210202-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

137
Móstoles número 1. Procedimiento 1083/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1083/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAUL ENRIQUE SOLANO AREVALO frente a ESCOR 2020 SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Don Raúl Enrique Solano Arévalo contra Escor 2020 S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del actor y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Escor 2020 S.L. a abonar al actor la indemnización de 3.680, 08 euros más el abono de los salarios de trámite a razón de 47, 49 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que ha percibido de Agyfer 91 S.A. del 20 al 28 de Agosto de 2019, de The Lab Cinema S.L. el 9 y el 17 de Diciembre de 2019, de Moncloa Rent a Car S.L. desde el día 15 de Diciembre de 2019, y de Fast Pack CR20 S.L. desde el día 2 de Octubre de 2020 si es igual o superior, si es inferior la diferencia, y la prestación por desempleo del 15 de Marzo al 30 de Septiembre de 2020, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

ESTIMAR LA demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Raúl Enrique Solano Arévalo contra Escor 2020 S.L., CONDENANDO a Escor 2020 S.L. a abonar al actor la cantidad de 4.377, 88 euros más el 10 % de interés por mora de los conceptos salariales.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 EUROS, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, BAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850- 0000- 00- 1083-19, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCOR 2020 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintitrés de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/328/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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