Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210129-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Valdilecha. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa actividades deportivas

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de actividades deportivas municipales, utilización de piscinas y espacios deportivos municipales, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2020, y finalizado el plazo de presentación de alegaciones sin que conste la presentación de ninguna, ha quedado aprobada definitivamente.

De conformidad con lo que establece el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la modificación citada, no cabrá otro recurso que el contencioso-administrativo, que se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Texto modificado:

Inclusión de un nuevo apartado en el epígrafe segundo del artículo 6 de la ordenanza:

“6. Reserva y uso de las instalaciones deportivas a través del software de gestión de pistas:

— Pista de frontón y pista de pádel: 4 euros.

En caso de utilizar luz artificial se incrementará 2 euros.

— Campo de fútbol (por partido con luz diurna, sin distinguir fútbol 7 o fútbol 11): 15 euros.

— Campo de fútbol (por partido con luz artificial, sin distinguir fútbol 7 o fútbol 11): 37 euros.

— Pista deportiva multiusos anexa al campo de fútbol: 4 euros.

En este apartado 6 no se hacen distinciones de tarifas en función de la edad de los usuarios”.

La presente modificación será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

En Valdilecha, a 19 de enero de 2021.—El alcalde-presidente, José Javier López.

(03/1.543/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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