Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210128-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

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Boadilla del Monte. Personal. Nombramientos

De conformidad con lo establecido en el apartado 17.o de las Bases Generales de Selección del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 15 de junio de 2018), así como en la Base 13.a de las Específicas que rigen el proceso selectivo convocado para la provisión, por turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición y Curso Selectivo de Formación, de once plazas de Policía del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 288/2021, de 19 de enero, por el que se procede al nombramiento de funcionarios en prácticas, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

“1.o Nombrar funcionarios en prácticas en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1, en el proceso selectivo convocado por el turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición y Curso Selectivo de Formación, a los siguientes aspirantes:

2.o Los nombramientos como funcionarios en prácticas en la clase Policía Local descritos tendrán efectos del mismo día de la firma de la presente resolución, siendo la fecha 1 de febrero de 2021 la del comienzo del “LVII Curso Selectivo de Formación Básica para Policías Locales de nuevo ingreso”, a impartir en Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, ubicadas en el kilómetro 13,600 de la M-607 (carretera de Madrid a Colmenar Viejo).

3.o Los citados aspirantes deberán tomar posesión como funcionarios en prácticas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que los aspirantes hayan tomado posesión sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor se les tendrá por desistidos en su derecho.

4.o De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, los nombrados como tales percibirán una retribución equivalente al sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al grupo en el que esté clasificado el cuerpo o escala en el que aspiren a ingresar. No obstante, si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe anterior se incrementará en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto.

Los interesados que en el momento de su nombramiento ya se encuentren prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera o como interinos o como personal laboral, deberán optar entre percibir las retribuciones establecidas con carácter general para los funcionarios en prácticas en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte o las que les correspondería en el puesto de origen.

5.o Notificar la presente resolución a los funcionarios en prácticas nombrados, con indicación de los recursos que procedan.

6.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).

7.o Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha Resolución podrán interponerse los siguientes recursos:

— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de 6 meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

— Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP)”.

En Boadilla del Monte, a 19 de enero de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(03/1.533/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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