Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210127-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

PERSONAL

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Arroyomolinos. Personal. Nombramiento personal eventual

Según Decreto de Alcaldía 977/2020, de 6 de marzo, se ha dictado:

Visto que el día 12 de julio de 2019, por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, se acordó la determinación del número, características y retribuciones del personal eventual.

Visto que según Resolución 972/2020, de 6 de marzo, se declaró el cese, como personal eventual de este Ayuntamiento, de D.a Joaquina González Gómez y de D. Sergio María Soler Hernández.

Considerando las necesidades de personal eventual de esta Alcaldía para ocupar puestos de trabajo de confianza y/o eventual, de conformidad con lo establecido en los artículos 104 y 104-bis.1.d), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), en el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 176 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y demás preceptos de aplicación, en el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas como Alcaldesa, por el presente Decreto dispongo:

Primero.—Nombrar, por razón de confianza, como personal eventual de este Ayuntamiento, a don Miguel Ángel Martín Contreras, con DNI 5208…, para realizar funciones de confianza y/o asesoramiento especial en las áreas de Formación, Empleo, Industria y Comercio.

Segundo.—A tenor de la determinación del artículo 104-bis, apartado 4, de la LRBRL, la asignación funcional de dicho personal lo es el Área de Servicios Generales de esta entidad. Sus funciones son de asesoramiento especial, quedando vedadas para ellas las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración Pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa.

Tercero.—Las personas nombradas podrán ser cesadas o separadas libremente por la Alcaldía en cualquier momento. Este personal eventual cesará automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

Cuarto.—El nombramiento de este personal eventual tendrá efecto desde el día 9 de marzo de 2020.

Quinto.—Los nombramientos así conferidos serán publicados al menos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica y en el portal de transparencia de esta entidad, con indicación de las retribuciones íntegras anuales que tiene asignadas cada puesto.

Sexto.—Notifíquese este Decreto en tiempo y forma a las personas nombradas, con indicación de que pone fin a la vía administrativa. Contra él podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición, ante esta alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes contado desde su notificación o publicación, según los casos; o bien, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de cualesquiera otros recursos que estimen procedentes.

Séptimo.—Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el mismo día de su emisión, debiendo ser comunicado, en extracto, a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid.

Arroyomolinos, a 13 de marzo de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Ana Millán Arroyo.

(03/1.175/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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