Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210120-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68

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Madrid número 68. Procedimiento 456/2019

EDICTO

Doña Cristina Gutiérrez del Álamo Oms, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 68 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 456/2019, instados por el procurador don Roberto Primitivo Granizo Palomeque, en nombre y representación de Liberbank, S. A., contra doña María Jesús Canelada Zurdo, en reclamación de 35.264,13 euros, en los que se ha dictado en fecha 17 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es la siguiente

Fallo

Que debo estimar y estimo sustancialmente la demanda formulada por el procurador don Roberto Primitivo Granizo Palomeque, en nombre y representación de Liberbank, S. A., contra doña María Jesús Canelada Zurdo, declaro resuelto por incumplimiento el contrato de préstamo otorgado en escritura de 10 de marzo de 2016 y la condeno a que abone a la actora la suma de 35.264,13 euros, más sus intereses en la forma dicha, todo ello con imposición de costas.

Notifíquese a las partes y hágase saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña María Jesús Canelada Zurdo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 26 de octubre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/186/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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