Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210118-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

86
Madrid número 5. Procedimiento 153/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 153/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Orenes de la Mata, frente a Fondo de Garantía Salarial y Dream Mapro, S. L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 336 de 2020

En nombre del Rey.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.—Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos, de una, como demandante, doña Marta Orenes de la Mata, asistida por el letrado don Francisco Javier Rodríguez Sánchez; y de otra, como demandada, Dream Mapro, S. L., que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Marta Orenes de la Mata, contra el Dream Mapro, S. L., con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a la empresa a que abone a la trabajadora la suma de 598,83 euros, más un interés del 10 por 100 en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dream Mapro, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.621/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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