Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210114-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

82
Madrid número 9. Procedimiento 918/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 918/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON PABLO ANDRÉS LOZANO SONGOR frente a AMIGOS DE VALVERDE, S. L., sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.º 383/2020

En Madrid, a 25 de noviembre de 2020.

Vistos por DOÑA M.ª DEL CARMEN RODRIGO SAIZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. 9 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad entre las siguientes partes, de una y como demandante DON PABLO ANDRÉS LOZANO SONGOR asistido por el Letrado don Luis Herminio Rodríguez San Quirico y de otra como demandado la empresa AMIGOS DE VALVERDE, S. L., que no comparece pese a estar citada en legal forma.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por DON ÁLVARO CORDOVA GUEVARA contra la empresa SANDOMINGO SOLIDA, S. L., y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 1.104,56 euros netos más el 10% de interés sobre dicha cantidad.

Notifíquese esta resolución a las partes indicando que es firme y contra ella no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a AMIGOS DE VALVERDE, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.108/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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