Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210114-67

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

67
Madrid número 1. Procedimiento 566/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña PILAR MARIA AIBAR GALLIZO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 566/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de MARMOL Y GRANITO KELDO SL frente a CONSEJERIA DE ECONOMIA EMPLEO Y HACIENDA sobre Impugnación de actos administrativos en materia laboral y Seg. Social, excluidos los prestacionales se ha dictado la siguiente resolución:

Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos de conciliación si procediera, y juicio en su caso, la audiencia del día 11/02/2021, a las 10:10 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en la C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, debiendo citarse a las partes, con entrega al/los demandado/s, y en su caso a los demás interesados, de copia de la demanda y documentos aportados.

Cítese igualmente a los trabajadores afectados D. ABDENASSAR JEBARI, D. JULIO MARQUEZ JESUS y D. FEDERICO RUBIO VILLORIAS por si desean intervenir en el procedimiento como interesados.

Existiendo los medios tecnológicos necesarios, y pudiendo el Letrado/a de la Admón. de Justicia garantizar la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido mediante la utilización de la firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad que conforme a la ley ofrezca tales garantías, la celebración del acto no requerirá la presencia en la sala del Letrado/a de la Admón. de Justicia salvo que lo soliciten las partes, al menos dos días antes de la celebración de la vista, o que excepcionalmente lo considere necesario el Letrado/a de la Admón. de Justicia, atendiendo a la complejidad del asunto, al número y naturaleza de las pruebas a practicar, al número de intervinientes, a la posibilidad de que se produzcan incidencias que no pudieran registrarse, o a la concurrencia de otras circunstancias igualmente excepcionales que lo justifiquen, supuesto en el cual el Letrado/a de la Admón. de Justicia extenderá acta sucinta en los términos previstos en el apartado siguiente.

ADVIÉRTASE A LAS PARTES:

1.- Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (Artículo 82.3 de la Ley de Jurisdicción Social).

2.- Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda (Art. 83.2 LJS).

3.- Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JULIO MARQUEZ JESUS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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