Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2021

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210114-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

151
Madrid número 41. Ejecución 50/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 50/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROCIO OSUNA MARTINEZ frente a D./Dña. JACQUELINE UMPIERREZ PISSAROUK sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.

A tal efecto

Se acuerda el levantamiento de los embargos trabados sobre los bienes de la ejecutada, librándose los correspondientes despachos a los efectos legales oportunos.

Líbrese mandamiento al Registrador de Bienes Muebles de Madrid para que proceda a la cancelación de la anotación preventiva de embargo del vehículo con matrícula 0460JFN, marca LANCIA, modelo VOYAGER, número de bastidor 2CARLAB51CR201204, tomada en fecha 12/06/2020.

Comuníquese a la Jefatura de Tráfico y a la Policía Municipal de Torrelodones el alzamiento del embargo.

Póngase a disposición de la ejecutante Dña. ROCIO OSUNA MARTÍNEZ la cantidad de 210,92 euros que constan ingresados en la cuenta de este Juzgado, mediante transferencia a la cuenta bancaria de su titularidad designada en el escrito de solicitud de archivo.

Notifíquese esta resolución.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. JACQUELINE UMPIERREZ PISSAROUK, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.023/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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