Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Serranillos del Valle. Régimen económico. Precio público lavado de perros

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2020, adoptó acuerdo de establecimiento del articulado de los precios públicos por “Servicios de lavado de perros”, procediéndose a la publicación del mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los términos que a continuación se indican.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse, a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que se establecen en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

ACUERDO ESTABLECIMIENTO DE PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE LAVADO DE PERROS

Artículo 1. Fundamento legal.—De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.1.e) y 127 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con lo dispuesto en los artículos 41 a 47 del citado texto, este Ayuntamiento acuerda el establecimiento de precio público por lavado de perros.

Artículo 2. Obligados al pago.—Quedan obligados al pago del precio público quienes, utilicen el citado servicio.

Artículo 3. Obligación de pago.—La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio, estableciéndose en todos los casos el ingreso previo del precio público incluido en la presente norma.

Artículo 4. Cuantía.—La cuantía de los precios públicos será la que resulte de la siguiente tarifa:

Artículo 5. Gestión y recaudación.—1. Se establece el sistema de autoliquidación.

2. Solo procederá la devolución de precios públicos cuando la falta de prestación del servicio se deba a causa imputable a la Administración Municipal, debiendo acreditarse en el correspondiente expediente, que la máquina dejó de funcionar o no funcionó adecuadamente en ese momento.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Serranillos del Valle, a 30 de noviembre de 2020.—El alcalde-presidente, Iván Fernández Heras.

(02/33.084/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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