Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210107-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5

89
Leganés número 2. Procedimiento 543/2020

EDICTO

D./DÑA. MARIA NIEVES MARTIN RINCON LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LEGANÉS

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 543/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 87/2020

En Leganés, a 29 de septiembre de 2020.

Visto en Juicio Oral y Público, por la Ilma. Dña. Mónica Sánchez Sánchez, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos del Juicio Inmediato por Delito Leve nº 543/20, por un presunto delito leve de hurto, y en los que han sido partes: como acusado: MICHELLY YARUMI CABALLERO; como denunciante: EUSEBIO RODRIGUEZ GONZALEZ; así como el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción penal pública; y como perjudicado: la entidad comercial “ZARA”.

FALLO

Que debo CONDENAR y CONDENO a MICHELLY YARUMI CABALLERO como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de 45 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como a que abone las costas procesales causadas procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución y a la correspondiente anotación de antecedentes penales.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.

Firme que sea la presente resolución, procédase al levantamiento del depósito judicial existente sobre los efectos intervenidos en los presentes autos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrado que la dictó, estando celebrando en Audiencia Pública en el día de su fecha por ante mí, el Letrado/a de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. MICHELLY YARUMI CABALLERO, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.

En Leganés, a 9 de diciembre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/34.144/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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