Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 317

Fecha del Boletín 
30-12-2020

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201230-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

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EXTRACTO de la Orden 255/2020, de 21 de diciembre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se regula en el año 2021 el procedimiento de concesión directa de las ayudas para la prórroga de los contratos de personal investigador formalizados en el marco de la convocatoria para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio del año 2018, vinculada a la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org).

Primero

Objeto

El objeto de la Orden 255/2020, de 21 de diciembre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, es establecer en el año 2020 el procedimiento de concesión directa de ayudas para la prórroga de los contratos de duración determinada formalizados en el marco de la convocatoria de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio del año 2018, aprobada mediante la Orden 2020/2018, de 4 de junio, del Consejero de Educación e Investigación, por la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio cofinanciadas en un 91,89 por 100 por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI).

Dicha prórroga está vinculada a la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 21 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Segundo

Beneficiarios

Podrán beneficiarse de las ayudas las siguientes entidades que hayan formalizado contratos de duración determinada, en el marco de la convocatoria de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio del año 2018, cuya finalización se produzca entre el 1 de enero de 2021 y el 1 de abril de 2021:

a) Universidades públicas o privadas con sede en la Comunidad de Madrid inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

b) Hospitales públicos y privados, así como entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora y tengan su sede en la Comunidad de Madrid.

c) Organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia dedicados a la investigación con sede en la Comunidad de Madrid.

d) Fundaciones, públicas o privadas, que desarrollen actividad investigadora con sede en la Comunidad de Madrid.

e) Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEAs).

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras aplicables a la financiación de la prórroga de los contratos formalizados en el marco de la convocatoria para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio del año 2018 serán las correspondientes a dicho programa de ayudas, aprobadas mediante Orden 1921/2016, de 15 de junio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio cofinanciadas por Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI).

Cuarto

Cuantía y duración de las ayudas

1. La cuantía de las ayudas se determinará en función de la duración de la prórroga del contrato y destinará a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de dicha prórroga, en las mismas condiciones previstas en la Orden 2020/2018, de 4 de junio.

2. El gasto destinado a subvencionar la prórroga de los contratos en el año 2021 asciende a 1.885.000 euros, que se financiarán con cargo al subconcepto 78200, del programa 466 A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

3. Aquellas prórrogas que procedan de contratos cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) seguirán estando cofinanciadas y deberán mantener las obligaciones determinadas por dicha cofinanciación establecidas en la Orden 2020/2018, de 4 de junio.

4. La duración de las ayudas vendrá determinada por la duración de la prórroga del contrato subvencionado en las respectivas convocatorias, que será la que cada entidad determine, en función de las necesidades de las actividades de I + D asociadas al proyecto.

Quinto

Criterios de evaluación

De conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de incoación, en función de la fecha de su presentación.

Sexto

Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día 1 de enero de 2021 y finalizará el día 1 de abril de 2021.

Madrid, a 21 de diciembre de 2020.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

(03/36.339/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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