Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 316

Fecha del Boletín 
29-12-2020

Sección 1.3.110.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201229-13

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020, de la Dirección-Gerencia, por la que se dispone la publicación de la modificación de las tarifas de los abonos Tercera Edad que regirán a partir del 1 de enero de 2021 en las empresas y servicios de transporte de viajeros dependientes del Consorcio Regional de Transportes.

El Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes, en sesión celebrada el 20 de noviembre de 2020, aprobó la modificación de las tarifas de los abonos Tercera Edad, en las empresas y servicios de transporte de viajeros dependientes de este Organismo.

La Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, reunida en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2020, ha autorizado las tarifas que habían sido previamente aprobadas por el Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes.

En consecuencia, y para general conocimiento, esta Dirección-Gerencia dispone la publicación de los nuevos cuadros tarifarios, a los que se aplican como criterios comunes los siguientes:

— En estas tarifas está incluido el IVA.

— Las tarifas entrarán en vigor el día 1 de enero de 2021.

Tarifas a regir

— Abono 30 días Tercera Edad: 9,30 euros.

— Abono 30 días Tercera Edad para personas con discapacidad superior o igual al 65 por 100: 7,40 euros.

— Abono 30 días Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría general: 7,40 euros.

— Abono 30 días Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría especial: 4,60 euros.

— Abono 30 días Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría general y con discapacidad superior o igual al 65 por 100: 5,50 euros.

— Abono 30 días Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría especial y con discapacidad superior o igual al 65 por 100: 2,70 euros.

— Abono Anual Tercera Edad: 93,00 euros.

— Abono Anual Tercera Edad para personas con discapacidad superior o igual al 65 por 100: 74,00 euros.

— Abono Anual Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría general: 74,00 euros.

— Abono Anual Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría especial: 46,00 euros.

— Abono Anual Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría general y con discapacidad superior o igual al 65 por 100: 55,00 euros.

— Abono Anual Tercera Edad para personas con carné de familia numerosa de categoría especial y con discapacidad superior o igual al 65 por 100: 27,00 euros.

Madrid, a 23 de diciembre de 2020.—El Director-Gerente, Luis Miguel Martínez Palencia.

(01/36.070/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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