Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
23-12-2020

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201223-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

104
Madrid número 18. Procedimiento 490/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 490/2020 entre PUNTO LIMPIO, AYTO DE MADRID y D./Dña. REBECA GABARRI GABARRI por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo, dice:

SENTENCIA Nº 218/20

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: treinta de septiembre de dos mil veinte.

Vistos por mí, D./DÑA. ANGEL JOSE LERA CARRASCO, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 490/2020, en los que ha sido parte PUNTO LIMPIO AYTO DE MADRID, REBECA GABARRI GABARRI con la intervención del Ministerio Fiscal,, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a D./Dña. REBECA GABARRI GABARRI de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe RECURSO DE APELACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.

Y para que sirva de notificación a REBECA GABARRI GABARRI expido y firmo la presente.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/32.470/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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