Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
01-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201201-119

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

119
Madrid número 9. Procedimiento 554/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 554/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. GEMA MAYORAL MANJAVACAS frente a MAD SUR UNION DENTAL, S.L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., ERNEST&YOUNG ABOGADOS SLP y D. JORGE MUÑOZ ROIG sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a veintinueve de octubre de dos mil veinte.

Vistos por Dª Mª DEL CARMEN RODRIGO SÁIZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. 9 de Madrid, los presentes autos sobre reclamación de CANTIDAD seguidos en este Juzgado bajo el núm. 554/18, entre las siguientes partes, de una y como demandante DOÑA GEMA MAYORAL MANJAVACAS representada por la Letrada Doña Manuela Montejo Bombín, y de otra como demandado las empresas DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. Y LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL en la persona de Ernest & Young Abogados S.L.P. y MAD SUR UNIÓN DENTAL S.L. que no comparecen pese a estar citadas.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº: 340/2020

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por DOÑA GEMA MAYORAL MANJAVACAS contra las empresas DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L y LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL en la persona de Ernest & Young Abogados S.L.P. y MAD SUR UNIÓN DENTAL S.L., habiendo sido parte el FOGASA, y CONDENO a la empresa MAD SUR UNIÓN DENTAL S.L a abonar a la parte actora la cantidad de 951,52 euros brutos más el 10% de interés sobre dicha cantidad.

CON ABSOLUCIÓN DE DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. Y LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL en la persona de Ernst & Young Abogados S.L.P.

Notifíquese esta resolución a las partes indicando que es firme y contra ella no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MAD SUR UNION DENTAL, S.L. y DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de noviembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.697/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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