Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
30-11-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201130-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERO

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Valdeavero. Régimen económico. Calendario fiscal

Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se aprueba el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Valdeavero para el ejercicio 2021, así como cumplir con la exposición pública de los padrones y los anuncios de cobranza, en los términos siguientes:

1. Impuesto de vehículos de tracción mecánica:

— Exposición padrón: del 13 al 28 de febrero de 2021.

— Período de cobranza: desde 1 de marzo al 30 de abril de 2021.

2. Tasa sobre recogida domiciliaria de basura:

— Exposición padrón: del 13 al 30 de abril de 2021.

— Período de cobranza: desde 1 de mayo al 30 de junio de 2021.

3. Impuesto de bienes de naturaleza urbana e impuesto de bienes de naturaleza rustica, impuesto de actividades económicas y tasa por el mantenimiento del cementerio municipal.

— Exposición padrones: del 1 al 18 de septiembre de 2021.

— Período de cobranza: desde 19 de septiembre al 19 de noviembre de 2021.

Los obligados tributarios podrán examinar los datos contenidos en los padrones por el plazo establecido de quince días hábiles y podrán presentar, si procede, el correspondiente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del término de exposición pública.

En cualquier caso, el Ayuntamiento de Valdeavero garantizará la confidencialidad de los datos de carácter personal, protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria establecido en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Se establecen las siguientes normas para hacer efectivo el pago:

a) Medios de pago:

— Domiciliación bancaria.

— Documento-recibo remitido a los obligados al pago, provisto del código de barras.

b) Lugares, días y horas de ingreso:

— Cualquier oficina de Bankia, entidad colaboradora.

c) La advertencia de que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Valdeavero, a 17 de noviembre de 2020. La alcaldesa-presidenta, María Luisa Castro Sancho.

(01/31.516/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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