Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
26-11-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201126-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ORDEN de 13 de noviembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara devenida sin objeto la convocatoria de la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2019-2020 sobre consumo responsable “Consumópolis 15. Tus actos de consumo pueden cambiar el mundo, ¿cómo lo harías tú?”, convocada mediante Orden de 15 de enero de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad.

Mediante Orden de 15 de enero de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de enero de 2020, se convocó la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2019-2020 sobre consumo responsable “Consumópolis 15. Tus actos de consumo pueden cambiar el mundo, ¿cómo lo harías tú?”.

Dicha Orden se aprobó en virtud de lo dispuesto en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por el que se le atribuye la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor y de los artículos 3, 19 y 20 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, por los que se reconoce como derecho básico de los consumidores la educación en materia de consumo, correspondiendo a la Comunidad de Madrid fomentar la enseñanza de esta materia en todos los niveles educativos con el fin de promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados de su uso, así como organizar, fomentar y desarrollar programas de educación y formación de consumidores.

En el ejercicio de dichas competencias, la Comunidad de Madrid organiza diferentes actuaciones dirigidas al ámbito educativo cuyo propósito es fomentar entre los niños y niñas en edad escolar la adquisición y consolidación de hábitos de consumo conscientes, sostenibles y solidarios, promoviendo para ello la reflexión y el desarrollo de actitudes críticas en sus actos de consumo como mecanismos fundamentales de cambio y de prevención frente a los riesgos que pueden afectar a su salud y su seguridad, entendidas de forma integral, incluyendo aquellos que amenacen al medio ambiente y la calidad de vida.

En este marco normativo y conceptual, la Comunidad de Madrid viene colaborando con el Ministerio con competencias en Consumo en el desarrollo del concurso escolar “Consumópolis” el cual establece anualmente las bases reguladoras del concurso y dicta las instrucciones generales de participación. En este sentido se publicó la Orden SCB/997/2019, de 25 de septiembre, por la que se publican las bases reguladoras y se convocan los premios nacionales del concurso escolar 2019-2020 “Consumópolis 15: Tus actos de consumo pueden cambiar el mundo, ¿cómo lo harías tú?” (“Boletín Oficial del Estado” número 239, de 4 de octubre de 2019), por la que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, estableció la regulación de la participación en el concurso y convocó los premios nacionales. Dicha Orden tiene carácter supletorio respecto de la autonómica.

El concurso consta, a tenor de sus bases, de dos partes: la primera, consistente en la realización de un juego “on-line”, al que se accede a través de la Plataforma Virtual de Educación e Información “Consumópolis”, ubicada en el sitio web www.consumopolis.es, que incluye pruebas pedagógicas y lúdicas con la finalidad de adquirir los conocimientos necesarios para desarrollar la actividad prevista en la segunda parte, consistente en el diseño y la elaboración de un trabajo en equipo y su ubicación en el espacio virtual asignado a tal efecto en el sitio web citado.

La segunda parte se divide en dos fases: una autonómica, organizada en el ámbito territorial de las Comunidades y Ciudades Autónomas de la que salen los equipos ganadores por regiones de cada nivel de participación; y una fase posterior, de ámbito nacional, en la que participarán los equipos ganadores de esta primera fase, siendo premiados los mejores trabajos para cada nivel de participación en el ámbito estatal.

Con la finalidad de incentivar la participación de los escolares madrileños en el concurso, la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por Orden de 15 de enero de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de enero de 2020, convocó la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2019-2020 sobre consumo responsable “Consumópolis 15. Tus actos de consumo pueden cambiar el mundo, ¿cómo lo harías tú?”.

Durante la vigencia de esta Orden, y sin haber llegado a término el plazo para completar el recorrido virtual y descargar la ficha virtual, ni el estipulado para presentar la solicitud y el trabajo en equipo, es declarado, como consecuencia de la pandemia desencadenada por el COVID-19, el estado de alarma por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por posteriores reales decretos de prórroga, el último el Real Decreto 555/2020, de 5 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma hasta las 00:00 horas del 21 de junio de 2020.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, dispuso en su artículo 9 la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza hasta el momento en que perdiera vigencia el estado de alarma y en su disposición final tercera la suspensión de términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público que no fue enervada hasta la entrada en vigor del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de mayo), que determinó la reanudación de los plazos administrativos suspendidos con efectos del 1 de junio de 2020.

Tales medidas afectaron plenamente al concurso escolar Consumópolis 2015, toda vez que en la Orden de convocatoria del concurso se señalaba como último día para terminar el recorrido por la ciudad de Consumópolis, para finalizar los trabajos en equipo, subirlos a la plataforma y descargarse la ficha virtual, el 23 de marzo de 2020.

Por este motivo, por Orden CSM/994/2020, de 23 de octubre, publicada el 27 de octubre de 2020, se modifica la Orden SCB/997/2019, de 25 de septiembre, por la que se publican las bases reguladoras y se convocan los premios nacionales del concurso escolar 2019-2020 Consumópolis 15, se procede al desistimiento de la fase nacional y se posibilita a cada comunidad o ciudad autónoma a que resuelva la conclusión del concurso en su ámbito competencial.

Ante esta situación, declarado el desistimiento de la fase nacional del concurso a la que se anuda la convocatoria autonómica y finalizado el curso escolar durante el que estaba previsto su desarrollo, debe resolverse la conclusión de la fase autonómica del concurso “Consumópolis 15”.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con las competencias atribuidas a la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad,

RESUELVO

Primero

Declarar devenida sin objeto la convocatoria de la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2019-2020 sobre consumo responsable “Consumópolis 15. Tus actos de consumo pueden cambiar el mundo, ¿cómo lo harías tú?”, aprobada mediante la orden de 15 de enero de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 25, de 30 de enero).

Segundo

1. Si algún equipo hubiese presentado el trabajo antes de producirse la suspensión de los plazos en virtud del estado de alarma, podrá proceder a retirarlo de las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo, sitas en Madrid, calle Ramírez de Prado, número 5 bis, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. De no producirse la recogida en el plazo indicado, se entenderá que los interesados habilitan al órgano administrativo para su inutilización y reciclaje.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2020.

El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, MANUEL GIMÉNEZ RASERO

(03/30.902/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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