Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
25-11-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201125-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 13 de noviembre de 2020, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan ayudas a mujeres víctimas de violencia de género del municipio de Alcalá de Henares.

BDNS: 533883

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.—Las víctimas de violencia de género que estén siendo atendidas en el Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y cumplan con los requisitos siguientes:

— Las mujeres que, en su condición de víctimas de violencia de género, acrediten dicha condición de la manera legalmente establecida o que sean consideradas como tales por el equipo técnico del Punto Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género (PMORVG)

— Poseer la nacionalidad española. En el caso de mujeres extranjeras, deberán tener residencia legal en España o haber iniciado los trámites correspondientes.

— Estar empadronada en Alcalá de Henares, o residir temporalmente en Alcalá de Henares por haberse trasladado de urgencia debido a la situación de violencia sufrida.

— Estar en proceso de intervención en el PMORVG en el momento de solicitar la ayuda y estar cumpliendo con lo establecido en dicho proceso y en la normativa estatal y autonómica referente a violencia de género y a recursos asistenciales.

— No disponer de recursos ni medios materiales suficientes para atender por sí misma la necesidad para la que demanda la ayuda y que los ingresos mensuales no superen en tres veces el IPREM.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas a las mujeres víctimas de violencia de género y para sus hijos e hijas y otras personas dependientes.

Las ayudas son complementarias al proceso de intervención que se realiza en el PMORVG, e irán orientadas al pago de gastos que faciliten la autonomía y la conciliación de la vida laboral y personal de las mujeres víctimas de violencia de género para facilitar su inserción socio laboral y su independencia del agresor.

Podrán ser subvencionables, con el límite del 100 por 100 de su importe, los gastos realizados entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2020, por los conceptos relacionados en el artículo 8 de las bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 13 de noviembre de 2020, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 50.000 euros.

La cuantía de la subvención que se concederá a cada beneficiaria resultará de la suma de los gastos por los conceptos subvencionables solicitados, con un máximo de 2.000 euros por solicitante.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Diez días hábiles desde el día siguiente al registro de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Sexto. Otros datos.—Las ayudas reguladas en estas bases serán compatibles con cualquier otra ayuda.

Se establecerá un orden de concesión de las subvenciones en base al baremo establecido en el artículo 9 de las bases reguladoras, y la concesión tendrá como límite la capacidad presupuestaria municipal asignada.

Las solicitudes podrán presentarse en el servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, dirigidas a la Concejalía de Igualdad, por medios electrónicos de forma prioritaria y también de manera presencial. Además, podrán presentarse de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Alcalá de Henares, a 17 de noviembre de 2020.—La concejala-delegada de Igualdad, María Patricia Sánchez González.

(03/31.325/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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