Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
23-11-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201123-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

95
Madrid número 3. Procedimiento 1324/2010

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 1324/2010 entre Seguros El Corte Ingles, Vida, Pensiones y Reaseguros, S. A., como demandante, y Bankia, S. A., D. Olivier Jean Marie Sánchez,Dña. Nathalie Janine Sánchez y D. Eric Jose Joel Sánchez, demandados, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 86/2020

En Madrid, a 9 de junio de 2020.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 1324/10 y seguidos a instancias de Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S. A. U., contra Bankia, S. A. (antes Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid), y contra don Olivier Jean-Marie Sánchez, don Eric José Joel Sánchez y doña Nathalie Janine Sánchez, como herederos de José Sánchez Martínez.

Fallo

1.o Estimo en parte la demanda formulada por el procurador don César Berlanga Torres, en nombre y representación de Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S. A. U., contra don Olivier Jean Marie Sánchez, don Eric José Joel Sánchez y doña Nathalie Janine Sánchez, y, en su virtud, condeno a esos demandados, como herederos de don José Sánchez Martínez, a pagar a la actora la cantidad de 75.814,00 euros, con más sus intereses legales, y sin hacer imposición de las costas correspondientes.

2.o Desestimo la demanda formulada por el procurador don César Berlanga Torres, en nombre y representación de Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S. A. U., contra Bankia, S. A. (antes Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid), y en su virtud absuelvo a esta demandada de los pedimentos contra ella deducidos, con imposición a la actora de las costas correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este Tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado (ver artículo 2 del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Olivier Jean Marie Sánchez, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de junio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.778/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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