Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
23-11-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201123-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

173
Madrid número 31. Ejecución 128/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 128/2020 de este Juzgado de lo social, seguido frente a doña María del Pilar Sainz de Bonilla, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de fecha 27-10-2020, citándole para el incidente que se celebrará en este Juzgado el 10 de diciembre de 2020, a las 10:20 horas, cuyo contenido íntegro queda a disposición de las partes para su consulta en la Secretaría de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, novena planta, 28008 de Madrid.

Contra dicha resolución cabe recurso en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación ante este Juzgado.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, para que sirva de notificación en legal forma a doña María del Pilar Sainz de Bonilla, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 27 de octubre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.489/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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