Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
19-11-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía

38
Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación competencias

Acuerdo de 5 de noviembre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad, por el que se avoca la competencia para la redacción del proyecto y la construcción de la Escuela de Música y Danza del Distrito de Latina y se delega en el concejal-presidente del Distrito de Latina.

De conformidad con el artículo 2.9 del Decreto de 15 de junio de 2019, del alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, al Área de Gobierno de Obras y Equipamientos le compete la gestión del patrimonio municipal; obras en espacio público; mantenimiento de los equipamientos municipales; construcción de equipamientos y la oficina de accesibilidad.

Entre los objetivos estratégicos a impulsar en el ejercicio 2020 de la Oficina Municipal de Planificación y Desarrollo de los Distritos del Sur y del Este, figura la construcción de una Escuela de Música y Danza en el Distrito de Latina.

En la mesa técnica de cultura creada para la gestión de estos proyectos, se aprobó la ficha correspondiente a esta construcción, en la que se contempla la gestión del proyecto por parte del Distrito de Latina.

En ejecución de este acuerdo, el Distrito de Latina ha identificado la parcela apropiada para la ubicación de esta instalación y ha elaborado el anteproyecto de segregación de la misma para adecuarse a las características del equipamiento. Asimismo, el distrito ha procedido a elaborar el proyecto básico para la construcción de la Escuela de Música y Danza y tiene en tramitación el contrato basado para el apoyo a la redacción del proyecto definitivo.

Con cargo a fondos del Plan Estratégico de Reequilibrio Territorial, la Dirección General de Participación Ciudadana ha aprobado la financiación en favor del distrito para acometer esta actuación con un crédito inicial para 2021 de 600.000 euros, que contempla la redacción del proyecto y el inicio de las obras y un presupuesto plurianual de 4.350.000 euros.

Sin embargo, en los acuerdos de organización y competencias vigentes, los distritos y, en particular, el Distrito de Latina, carece de competencias para realizar este tipo de obras de nueva planta, las cuales corresponden a la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

Así, según lo previsto en el apartado 9.o 1.1.a) párrafo primero del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, corresponde a la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio la competencia de realizar las obras de construcción, gran reforma, rehabilitación y conservación de los inmuebles demaniales, patrimoniales y de aquellos que estén sujetos a cualquier tipo de uso del Ayuntamiento de Madrid sin perjuicio de las competencias de los distritos.

No obstante lo anterior, concurren circunstancias económicas, territoriales, técnicas y de urgencia que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el propio Distrito de Latina.

Dichas razones se derivan, por un lado, de que el distrito ya tiene localizada e identificada la parcela propicia para acometer la actuación y tiene elaborado el anteproyecto para la segregación de la misma para adecuarse a las características del nuevo equipamiento, habiendo remitido dicha documentación al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Asimismo, el distrito ya tiene elaborado el proyecto básico para la construcción de la Escuela de Música y Danza, partiendo de las prescripciones indicadas por el Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Del mismo modo, el Distrito de Latina dispone de la financiación necesaria, al haber sido aceptada la partida presupuestaria necesaria para abordar el proyecto en su conjunto, con crédito previsto ya para el año 2021. Se cuenta en el distrito con los recursos humanos y técnicos precisos para abordar con garantías y con la celeridad precisa, este proyecto en la medida que el diseño del mismo ha sido elaborado por sus propios servicios técnicos, contando con la solvencia técnica y experiencia precisa tanto para la dirección y coordinación de la redacción del proyecto, como para la dirección y coordinación de la obra de construcción propiamente dicha. A ello se une el compromiso de dar cumplimiento a los acuerdos del Pleno de la Junta Municipal de Latina.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio en el apartado 9.o 1.1.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, y que tal competencia sea posteriormente delegada en el concejal-presidente del Distrito de Latina.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de noviembre de 2020, acuerda:

Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio en el apartado 9.o 1.1.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a la redacción del proyecto, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de los contratos relativos a la construcción de la Escuela de Música y Danza del Distrito de Latina.

Segundo.—Delegar en el concejal-presidente del Distrito de Latina la competencia avocada en el apartado anterior.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.

Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

Cuarto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Quinto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 6 de noviembre de 2020.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Silvia Saavedra Ibarrondo.

(03/29.926/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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