Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
19-11-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

15
ORDEN 2860/2020, de 5 de noviembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 956/2017, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018.

La Comunidad de Madrid dispone de un importante sistema de protección del que se benefician las familias madrileñas en situación de desventaja social, uno de cuyos instrumentos es la Renta Mínima de Inserción (R.M.I.). En el ámbito educativo, y por lo que se refiere al servicio de comedor escolar en centros sostenidos con fondos públicos, dicha condición permite beneficiarse de una importante reducción en el precio diario del menú escolar, tal y como establece la Orden 956/2017, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018.

La puesta en marcha de una nueva medida de protección social, el procedimiento para la concesión del Ingreso Mínimo Vital (I.M.V.), ha supuesto que aquellas familias madrileñas que han accedido al Ingreso Mínimo Vital hayan perdido la condición de perceptores de la Renta Mínima de Inserción, lo que impide que se beneficien del precio reducido de comedor escolar establecido para dicho perfil. Ello supone que dichas familias han visto incrementado el importe que deben aportar para el pago del comedor escolar sin que su nivel de renta se haya visto mejorado significativamente.

Por ello, con el propósito de mantener el derecho a un precio reducido de comedor que ya tenían reconocido, la Consejería de Educación y Juventud ha decidido modificar la normativa existente para que puedan seguir beneficiándose del precio reducido de comedor escolar.

En el caso del precio privado del comedor escolar en Escuelas Infantiles esta medida se ampara en el apartado dos de la disposición adicional cuarta del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid, que indica que cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, que así lo aconsejen se podrán establecer precios privados inferiores a los costes.

Para ello es necesario modificar puntualmente la Orden 956/2017, de 30 de marzo, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,

DISPONGO

Primero

Modificación de la Orden 956/2017, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018.

La Orden 956/2017, de 30 de marzo, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 2.1., Precios reducidos, con la siguiente redacción:

“2.1. Se fija en 24 euros el precio mensual del menú escolar o comedor escolar a aplicar en los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción y a los que se les ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital”.

Segundo

Producción de efectos

La Orden producirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2020.

Madrid, a de 5 de noviembre de 2020.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/30.015/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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