Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
11-11-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201111-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Ordenanza de policía urbana

El Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2020, aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza municipal de Policía Urbana, aprobada en sesión plenaria de fecha 11 de noviembre de 2004. Publicada íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 292, de fecha 8 de diciembre de 2004.

El expediente ha sido objeto de exposición pública, mediante anuncio en tablón edictal y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 242, del 5 de octubre de 2020, sin que en plazo conferido, finalizado el día 18 de noviembre de 2020, hayan sido presentadas alegaciones o sugerencias a la ordenanza.

En consecuencia, la misma se considera definitivamente aprobada, procediéndose a su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con el siguiente contenido:

El párrafo 10.o del artículo 4 queda redactado con el siguiente tenor:

“Queda prohibido terminantemente:

(…)

10. Partir leña y encender lumbre en las calles o plazas, lavar y arrojar aguas, sacudir y limpiar alfombras, hacer colchones y secar pieles, paños u otros objetos; así como la quema de rastrojos, restos de poda o quema de producto de cualquier clase, en solares o parcelas urbanas sin autorización expresa del Ayuntamiento”.

Se modifica el párrafo 1.o del artículo 30, añadiendo en nuevo apartado g) la tipificación como infracción muy grave: la quema de rastrojos, restos de poda o quema de producto de cualquier clase, en solares o parcelas urbanas sin autorización expresa del Ayuntamiento.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigor en el plazo de quince días hábiles, establecido en el artículo 70 en relación con el 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Moralzarzal, a 27 de octubre de 2020.—El secretario general, Santiago Perdices Rivero.

(03/28.851/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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