Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
10-11-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201110-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Martín de la Vega. Régimen económico. Plan estratégico subvenciones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 21.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, se hace público el acuerdo de Pleno, de fecha 28 de octubre de 2020, de aprobación inicial de la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2020 y de las bases de ejecución del presupuesto prorrogado 2020, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“1.o Aprobar inicialmente la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones, elaborado por la Concejalía de Economía, Empleo, Hacienda y Transparencia, en los términos en que figura en el expediente.

2.o Someter dicha modificación del Plan Estratégico a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento www.ayto-smv.es

3.o Una vez producida la aprobación definitiva se procederá a la remisión de copia del expediente a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid, y a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4.o Aprobar inicialmente la modificación de la base 38.5 de ejecución del presupuesto prorrogado 2020 del Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en los términos que figuran en el expediente.

5.o Exponer esta modificación al público mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

6.o Facultar al señor alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo”.

Lo que se comunica para general conocimiento.

San Martín de la Vega, a 5 de noviembre de 2020.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(03/29.711/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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