Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
10-11-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201110-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Distrito de Chamberí

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Madrid. Licencias. Distrito de Chamberí. Castellana Castelar, S. L.

Acuerdo del Pleno, de 28 de enero de 2020, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la modificación del tipo urbanístico, en la actividad de Uso Terciario Clase Recreativo, pasando de tipo II a III, en el local sito en las plantas baja y entreplanta del paseo de la Castellana, número 43, promovido por Castellana Castelar, S. L., una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 13 de diciembre de 2018.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión (3/2020) ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la modificación de tipo urbanístico, en la actividad de Uso Terciario Clase Recreativo, pasando de tipo II a III, en el local sito en las plantas baja y entreplanta del paseo de la Castellana número 43, promovido por Castellana Castelar, S. L., una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 13 de diciembre de 2018.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.— Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido con fecha 10 de febrero de 2020, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En Madrid, a 10 de febrero de 2020.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/5.801/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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