Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
10-11-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201110-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

151
Madrid número 38. Ejecución 143/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. TERESA SAMPEDRO BLANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 143/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JULIO CESAR TITO MEDINA frente a CEBICHE PERUANO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones Auto Despachando ejecución vía incidente de no readmisión y diligencia de ordenación Citando a comparecencia para el día 21/01/2021 a las 12:00 horas en este Juzgado:

Hallándose en ignorado paradero la demandada, CEBICHE PERUANO SL, y de acuerdo con lo dispuesto en el art 59.2 LRJ, se ha acordado notificarles las mismas por edictos, Haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su consulta en este Órgano Judicial sito en C/Princesa nº 3, 10ª planta, 28008 Madrid. Haciéndole saber que contra las mismas cabe recurso de reposición en plazo de TRES DIAS.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficial y la protección de datos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CEBICHE PERUANO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.426/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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