Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
09-11-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201109-15

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

15
Madrid número 9. Ejecución 87/2019

EDICTO

D./Dª D./Dña. MARIA DEL CARMEN MARTIN GARCÍA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL 9 Madrid.

HAGO SABER: Que en dicho Juzgado de lo Social y con el nº Ejecución de títulos judiciales 87/2019 se tramita procedimiento de ejecución a instancia de D./Dña. AIDEE OSINAGA TOLEDO, D./Dña. JOSE WILSON VILLARROEL TERRAZAS, D./Dña. MANUEL YAMIL VILLARROEL y D./Dña. CESAR ENRIQUE HUAMAN BRAVO, D./Dña. MANUEL MARTIN DELGADO BOSSIO y D./Dña. MAROTZA SOLEDAD QUIÑONES CERNA, contra SOYAMI INVERSIONES SL, por un principal de 117.741,76 euros más intereses provisionalmente calculadas, en los que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a la venta en pública subasta el bien/los bienes muebles que se dirán, con los requisitos siguientes:

PRIMERO.- En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas. (Art. 650-5º L.E.C.)

SEGUNDO.- Los licitadores, a excepción del ejecutante, para tomar parte en la subasta, deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el o de haber prestado AVAL BANCARIO, con las firmas debidamente legalizadas, por el 20 por 100 del valor de tasación. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte por un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2º del Art. 652 de la L.E.C. las cantidades depositadas por los postores no se devolverán hasta la aprobación del remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y, en su caso, como parte del precio de la venta.

TERCERO.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren. (Art. 647-2º L.E.C.)

CUARTO.- Podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, haciéndose el depósito indicado anteriormente.( Art 648 L.E.C.)

QUINTO.- Sólo la adquisición o adjudicación practicada a favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad de ceder a tercero. (Art. 266 L.J.S. y 647-3º de la L.E.C.).

SEXTO.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 50 por 100 del avalúo se aprobará el remate a favor del mejor postor. El rematante habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de 10 días y realizada esta consignación, se le pondrá en posesión de los bienes. (Art. 650-1º de la L.E.C.).

Si fuera el ejecutante quien hiciese la mejor postura igual o superior al 50 por 100 del avalúo, aprobado el remate, se procederá por el Letrado/a de la Admón. de Justicia a la liquidación de lo que se deba por principal e intereses y notificada esta liquidación, el ejecutante consignará la diferencia, si la hubiese, en el plazo de diez días a resultas de la liquidación de costas (Art. 650-2º de la L.E.C.).

Si sólo se hicieran posturas superiores al 50 por 100 del avalúo, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio alzado, se hará saber al ejecutante que, en los 5 días siguientes podrá pedir la adjudicación de los bienes por el 50 por ciento del avalúo. Si el ejecutante no hiciese uso de este derecho se aprobará el remate a favor de la mejor de aquellas posturas. (Art. 650-3º de la L.E.C.)

Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 50 por 100 del avalúo, podrá el ejecutado en el plazo de 10 días, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 50 por 100 del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de 5 días pedir la adjudicación de los bienes por la mitad del valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior a la mejor postura.

Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate a favor del mejor postor, siempre que la cantidad que se haya ofrecido supere el 30 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor postura no cumpliese estos requisitos, el Tribunal, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate (Art. 650-4º L.E.C.)

OCTAVO.- De resultar desierta la subasta tendrán los ejecutantes o en su defecto los responsables legales solidarios o subsidiarios el derecho a adjudicarse los bienes por el 25 por 100 del avalúo, dándose a tal fin el plazo común de 10 días. De no hacerse uso de este derecho se alzará el embargo (Art. 264 L.J.S.)

NOVENO.- Si la adquisición en subasta o la adjudicación en pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y el precio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios sólo se extinguirán hasta la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional. De ser inferior el precio deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico (Art 265 L.J.S.)

DÉCIMO.- Para cualquier otra información o consulta los interesados pueden dirigirse al Juzgado y en lo que no conste publicado puede ser objeto de consulta en la ley y en los autos, considerándose cumplido lo dispuesto en el Art. 646 de la L.E.C.

Bienes embargados:

6 mesas circulares de 1.10 m de diámetro.

24 butacas.

48 mesas.

74 sillas.

4 mesas rectangulares.

1 mueble auxiliar de madera de 3 m de largo, 12 cajones y estantes.

8 sofás alargados de 6 plazas y 4 metros de largo.

1 mueble auxiliar de 1.20x1.20 4 cajones y estantes.

1 mueble auxiliar de 4 cajones y estantes.

4 sillones.

3 sofás tapizados.

1 sofá tapizado.

5 butacas tapizadas.

1 lampara de pie trípode de madera.

14 taburetes de barra.

1 nevera de 1 m de alto con tres puertas, polar.

11 taburetes de barra.

1 mesa de trabajo de acero.

1 lavavajillas Neo 600.

1 ordenador TPV Reved con dos expendedoras de tiques Thoshiba.

1 altavoz 2 Dsystem Davo 8XS.

1 amplificador paso AW 5600.

1 nevera de 1 m de alto en acero inoxidable.

1 mostrador rectangular de 2.5 metros.

1 banco de madera de 2 metros.

2 maceteros negros de 1.10 de alto.

4 mesas cuadradas.

1 sofá color gris.

1 sofá color azul.

2 butacas de tela azul.

2 mesas altas circulares.

1 pantalla táctil y expendedora de tiques, caja monedero.

2 carros de dos estantes con ruedas.

1 carro de cinco bandejas con ruedas.

2 neveras Inox de 2.5 m de alto y una puerta.

1 arcón congelador.

1 mesa de trabajo con seno inoxidable, nevera de una puerta y dos neveras de una puerta y seis cajones de Inox.

Mesa de trabajo de acero inoxidable con pila fregadero estante superior e inferior con puertas correderas.

2 tiqueteras SNBC.

1 cocina industrial de 6 fuegos, plancha de dos fuegos y parrilla, 8 cajones con baño maría.

1 cocina wok de dos fuegos.

1 cafetera Gaggia de dos brazos.

1 cocina de dos fuegos y baño maría.

1 horno Inoxtrend.

1 mesa de trabajo con nevera de tres puertas inferior.

1 robot Comper Blixer3, no funciona.

Mesa de trabajo con forma de l, con pila fregadero y estante superior.

1 lavavajillas Techneo .

1 lavavajillas Romagsa.

1 mesa de trabajo de 1.20 m de largo.

1 mesa de acero con pilar de un seno y puertas, 3 cajones y estante inferior.

Mesa de trabajo con nevera inferior de tres puertas Infrico.

1 microondas Franke.

1 mesa de trabajo de acero inox 1.20 con estante inferior.

1 bascula Gram k1.

1 envasadora al vacío Star S223.

1 máquina de hielo.

1 amasadora Samic.

1 mesa de trabajo y nevera inferior, no funciona.

1 nevera Infrico.

1 mueble de 21 taquillas.

1 mueble taquillero de seis plazas y otra de nueve plazas.

1 Multiofie HP Oficejet x 476DW MFP.

2 ordenadores cl

ónicos con cpu,monitor y teclado.

Valoración: 33.360 euros.

Depositario: ANTONIO ALEJANDRO ARAMBURU GRAÑA.

En Madrid a ocho de octubre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.438/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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