Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
05-11-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201105-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

16
ORDEN de 21 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se autoriza un gasto por importe de 250.000 euros para la ampliación del crédito para la concesión directa de subvenciones destinadas a paliar las consecuencias de la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio ambulante de la Comunidad de Madrid, con cargo al Presupuesto de la Comunidad de Madrid 2020.

El Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, atribuye al titular de la Consejería, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo las competencias relativas a la ordenación, promoción y fomento del sector comercial, incluido el comercio ambulante, así como la reforma, coordinación, mejora y modernización de las estructuras y de los procesos de distribución comercial.

El Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 9 de septiembre de 2020, aprueba las normas reguladoras y establece el procedimiento de concesión directa de ayudas destinadas a paliar las consecuencias de la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio ambulante de la Comunidad de Madrid, con cargo al Presupuesto de la Comunidad de Madrid en el año 2020.

Por otra parte, la Orden de 10 de septiembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, declara que el importe de crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones destinadas a paliar las consecuencias de la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio ambulante de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid, es de 1.162.000 euros, estando prevista la imputación de dicho crédito a la aplicación presupuestaria 47399 la cantidad de 412.000 euros y a la aplicación presupuestaria 77309 la cantidad de 750.000 euros, para dar cobertura a las distintas acciones subvencionables.

No obstante lo anterior, conforme con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo de 9 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y establece el procedimiento de concesión directa de ayudas destinadas a paliar las consecuencias de la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio ambulante de la Comunidad de Madrid, con cargo al Presupuesto de la Comunidad de Madrid 2020, el crédito autorizado podrá ser incrementado, en su caso, según la disponibilidad presupuestaria.

A la vista de las solicitudes ya presentadas en el corto espacio de tiempo transcurrido desde la apertura del plazo de presentación de las mismas, se constata que el crédito inicialmente previsto en la aplicación presupuestaria 47399 no va a ser suficiente para atender la demanda existente, siendo necesario solicitar una ampliación del crédito.

En consecuencia, con la presente autorización del gasto, se amplía el crédito disponible en 250.000 euros para poder atender las necesidades de financiación existentes al número de solicitudes presentadas. De este modo, el importe destinado a estas ayudas alcanzará un total de 1.412.000 euros, ascendiendo a 662.000 euros en la aplicación presupuestaria 47399 y 750.000 euros en la aplicación presupuestaria 77309.

La financiación de estas ayudas para el año 2020 se realizan con cargo a fondos propios y con cargo a fondos procedentes del traspaso efectuado de cantidades adicionales provenientes de los denominados “Fondos No Reembolsables”, como dotación para proyectos COVID-19,

RESUELVO

Primero

Se autoriza un gasto por importe de 250.000 euros para la ampliación del gasto destinado a la concesión directa de las Ayudas destinadas a paliar las consecuencias de la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio ambulante de la Comunidad de Madrid, con cargo al Presupuesto de la Comunidad de Madrid 2020, regulado en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 9 de septiembre.

Segundo

El gasto se realizará con cargo al propio presupuesto de la Comunidad de Madrid, y se imputará al subconcepto 47399 del Programa 431A del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 21 de octubre de 2020.

El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, MANUEL GIMÉNEZ RASERO

(03/28.075/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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