Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
04-11-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201104-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

PERSONAL

62
Majadahonda. Personal. Plantilla de personal

Por acuerdo del Pleno de 29 de octubre de 2020, se aprueba inicialmente modificación de la plantilla de personal integrando a los empleados públicos miembros del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Majadahonda que reúnan la titulación requerida en la categoría y subgrupo de clasificación profesional correspondiente de las previstas en el artículo 33 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

El contenido íntegro del acuerdo se encuentra publicado en el tablón virtual y en la web www.majadahonda.org y se expondrá al público por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno por las causas previstas en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales (RD Legislativo 2/2004). El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Frente al acuerdo definitivo se podrá interponer recurso administrativo de reposición de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Majadahonda, a 30 de octubre de 2020.—El concejal-delegado de Hacienda, Recursos Humanos, Servicios Jurídicos, Régimen Interior y Seguridad (firmado).

(03/29.013/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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