Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
03-11-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201103-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

78
Madrid número 88. Procedimiento 140/2019

EDICTO

Don Pedro Ángel Guirao Llorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 140/2019, instados por Procurador D. Jesús Aguilar España, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Provisiones, número 24, de Madrid, contra Dña. Myriam López Fernández y D. José Miguel Peñarrocha Fernández, en los que se ha dictado en fecha 21 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 136/2020

La magistrada-juez, Dña. Esther Lobo Domínguez.—Madrid, a 21 de septiembre de 2020.

Fallo

Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales, D. Jesús Aguilar España, obrando en nombre y representación de la comunidad de propietarios sita en la calle Provisiones, número 24, de Madrid, contra D. José Miguel Peñarrocha Fernández y Dña. Myryam López Fernández, ambos en situación de rebeldía procesal, y, por consiguiente:

1. Condenar a D. José Miguel Peñarrocha Fernández y Dña. Myryam López Fernández, a pagar solidariamente a la actora la cantidad DE 4.395,07 euros.

2. Condenar a D. José Miguel Peñarrocha Fernández y Dña. Myryam López Fernández al pago solidario del interés legal del dinero devengado desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de sentencia.

3. Condenar a D. José Miguel Peñarrocha Fernández y Dña. Myryam López Fernández al pago solidario del interés legal del dinero, incrementado en dos puntos porcentuales, desde la fecha de sentencia.

4. Condenar a D. José Miguel Peñarrocha Fernández y Dña. Myryam López Fernández al pago de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4140-0000-03-0140-19 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de 1a Instancia número 88 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 4140-0000-03-0140-19.

Esta resolución se ha dictado por Dña. Esther Lobo Domínguez, magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia número 88 de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento 2/2000, aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 25 de octubre, asumiendo el borrador presentado por el juez en prácticas adscrito a este juzgado, Dña. María Domene Arribas.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dña. Myriam López Fernández y D. José Miguel Peñarrocha Fernández, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/27.392/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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