Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
03-11-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201103-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

113
Madrid número 14. Procedimiento 768/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 768/2020-CH de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. RUBÉN GARCÍA COSTA frente a D. PAULO JORGE LIMA FERREIRA ROSA sobre Procedimiento Ordinario se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son:

DECRETO

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada, y atendiendo a la situación actual de crisis sanitaria producida por el COVID-19, el señalamiento del presente procedimiento se realizará cuando las circunstancias lo permitan, al no tratarse de un procedimiento de tramitación urgente.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

AUTO

Ha lugar a parte de la práctica de las diligencias de prueba interesadas y en su consecuencia se acuerda:

Respecto al interrogatorio de parte: el interrogatorio a D. PAULO JORGE LIMA FERREIRA ROSA que tendrá lugar el día del señalamiento que será notificado las partes en legal forma, con antelación suficiente. Y ello con las advertencias del artículo 91.2 de la L.R.J.S.

En cuanto a la documental, queda requerida la demandada con la notificación de la presente resolución. Debiendo aportarla diez días antes del acto del juicio. Pero no el Capítulo II, al no constar la utilidad ni la finalidad de la prueba; ni tampoco el Capítulo III, al no haberse demandado a una persona jurídica. Y ello con las advertencias del artículo 94.2 de la L.R.J.S.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2512-0000-00-0339-20 y para pagos en ventanilla 2512-0000-00-0339-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.

Dña. CARMEN DURÁN DE PORRAS

LA MAGISTRADA-JUEZ

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Diligencia de ordenación:

Visto el estado de las de las actuaciones, y ante la reactivación de la actividad judicial suspendida durante el Estado de Alarma Decretado para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se acuerda el señalamiento de los siguientes autos para el próximo día 20 de Enero de 2022 a las 10 horas, para el juicio, en la Calle Princesa nº 3 de Madrid.

Las partes podrán, en su caso, presentar de forma previa al señalamiento acuerdo obtenido y firmado digitalmente por las mismas, para su posterior aprobación por la Letrada de la Administración de Justicia, en aras de evitar la presencia física de estas en Sede Judicial.

Notifíquese esta resolución a las partes

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. PAULO JORGE LIMA FERREIRA ROSA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.253/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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