Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
30-10-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201030-82

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5

82
Coslada número 5. Procedimiento 641/2019

EDICTO

Doña Montserrat Aguilera Lara, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Formación de Inventario de bienes del régimen económico matrimonial número 641/2019 instados por la procuradora Dña. María José Rodríguez Jiménez, en nombre y representación de Dña. Rosa María Romero Nieto contra D. José Luis Merino Lamela, en los que se ha dictado, en fecha 21 de julio de 2020, decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

I. Se aprueba el inventario de bienes que integran la comunidad matrimonial formada por Dña. Rosa María Romero Nieto y D. .José Luis Merino Lamela, y propuesto por Dña. Rosa María Romero Nieto al tener al otro cónyuge por conforme con tal propuesta dada su incomparecencia, en los siguientes términos:

1. Activo:

Finca de San Fernando de Henares, número 543, con referencia catastral 5447201VK5754N0410FP. Finca número 314, bajo C, de la calle Vergara, número 7, San Fernando de Henares.

Que la finca descrita en el activo tiene como cargas propias una hipoteca a favor de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja constituida en la inscripción 7° el 17 de agosto de 1998, que según certificado de lbercaja aportado en el día de la fecha se encuentra a fecha de hoy cobrado en su totalidad, pendiente de

cancelación registral; sobre la misma finca existe otra hipoteca a favor de la misma entidad bancaria constituida en la inscripción 9° en fecha 30 de septiembre de 2005, que según certificado de Ibercaja aportado en el día de la fecha se encuentra cobrada en su totalidad y pendiente de cancelación registral, de igual forma constan anotaciones preventivas de embargo con las notas B. C, D, en la forma en la que consta en la nota simple registral cuyo testimonio uno a la presente acta.

2. Pasivo:

A. Crédito contra la sociedad de gananciales de 30.000 euros a favor de Dña. Rosa María Romero Nieto, por el pago de la parte del préstamo hipotecario que constituye la inscripción 9° identificada como carga de la finca registral 8543 en el activo de esta formación de inventario.

B. Crédito contra la sociedad de gananciales a favor de Dña. Rosa María Romero Nieto, por importe de 42.701,25 euros, por el pago de la parte de la hipoteca que pesa sobre la finca registral 8543 y que constituye la inscripción 7° de las cargas de la finca registral 8543 identificada en el activo de la presente formación de inventario.

C. Crédito contra la sociedad de gananciales en favor de Dña. Rosa María Romero Nieto por abono del IBI perteneciente al Sr. Merino desde el año 2006 por importe de 3.966,47 euros.

D. Crédito contra la sociedad de gananciales por importe de 83,65 euros por gastos de liquidación de la cuenta 61014-03-300558/64.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de revisión en el plazo de cinco días desde su notificación ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido -a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 25 euros en la cuenta 3392-0000-39-0641-19 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de la Instancia e Instrucción número 5 de Coslada, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 3392-0000-39-0641-19.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 disposición adicional 15).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. José Luis Merino Lamela y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Coslada, a 21 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.530/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201030-82