Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
30-10-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201030-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

71
Madrid número 93. Procedimiento 58/2018

EDICTO

D. ENRIQUE CILLA CALLE, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.o 93 de Madrid.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se siguen autos de Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 58/2018 entre Dña. GRISELDA GARCÍA GARCÍA y D. HERING JOSÉ DE JESÚS PEÑA, en los que ha recaído SENTENCIA, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

FALLO

ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la representación procesal de DOÑA GRISELDA GARCÍA GARCÍA contra DON HERING JOSÉ DE JESÚS PEÑA, estableciendo como medidas reguladoras de las relaciones paternofiliales respecto a la hija menor común, Alexa Stephany de Jesús García, nacida el 16 de noviembre de 2001, las siguientes:

1.- La patria potestad sobre la hija menor será ejercitada exclusivamente por la madre.

2.- Se atribuye a la madre la guarda y custodia sobre la menor.

3.- No procede establecer régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

4.- No procede en este momento fijar pensión alimenticia a cargo del progenitor no custodio para la hija menor ni la forma en que el mismo debe contribuir a los gastos extraordinarios que pudieran generar la misma.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado. Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DÍAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4341-0000-39-0058-18 de este Ógano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 93, de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos: 4341-0000-39-0058-18.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

Y para que sirva de notificación a D. HERING JOSÉ DE JESÚS PEÑA, en ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a cinco de octubre de dos mil veinte.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.266/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201030-71