Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
29-10-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201029-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

119
Madrid número 18. Procedimiento 917/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 917/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANDRES FABIAN MARIN ROMERO frente a FOGASA y D./Dña. MANUEL GULIAS GARCIA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral entre D. ANDRES FABIAN MARIN ROMERO y D. MANUEL GULIAS GARCIA. Se condena a la empresa al abono como indemnización de 3.182,08 euros, y como salarios de tramitación por 279 días, 10.088,64 euros.

Respecto a los salarios por los 169 días en los que tuvo otra colocación, el actor presenta copia de la nómina al objeto de señalar el importe por la diferencia que pueda existir en el supuesto que el salario percibido en la nueva colocación fuera inferior al declarado probado en la sentencia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MANUEL GULIAS GARCIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.357/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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