Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
27-10-2020

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201027-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

21
EXTRACTO de la Orden 2917/2020, de 21 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2020 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid.

BDNS: 529750

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas, mayores de edad, residentes en municipios de la Comunidad de Madrid, que cumplan las especificaciones establecidas en las normas reguladoras aprobadas por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 21 de octubre de 2020.

Segundo

Objeto

La concesión directa de ayudas para la adquisición de patinetes eléctricos, bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, así como la obtención de bonos ambientales para el uso de los servicios de movilidad compartida (carsharing y motosharing) cero emisiones por el achatarramiento de turismos (categoría M1) sin distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico o con una antigüedad superior a diez años, en los términos y con los requisitos establecidos en las normas reguladoras aprobadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 21 de octubre de 2020.

Tercero

Normas reguladoras

Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 21 de octubre, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de octubre de 2020.

Cuarto

Importe

1. La cantidad global máxima destinada a la concesión de estos incentivos en el año 2020 es de 3.000.000 de euros, que será distribuida entre los distintos conceptos subvencionables regulados en la orden de la siguiente forma:

a) Bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo: 1.225.000 euros.

b) Patinetes eléctricos: 250.000 euros.

c) Ciclomotores de dos ruedas: 575.000 euros.

Bono ambiental de movilidad cero emisiones: 950.000 euros.

2. La cuantía de las ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos de movilidad personal que se otorgarán será la siguiente:

a) Patinetes eléctricos de dos ruedas en línea: hasta el 50 por 100 del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 150 euros.

b) Bicicletas con sistemas de asistencia al pedaleo y una potencia hasta 250 W: hasta el 50 por 100 del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 600 euros.

c) Ciclomotores de dos ruedas tipo L1e-B: hasta el 50 por 100 del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 700 euros.

El importe del bono de movilidad cero emisiones será de 1.250 euros, convertibles en kilómetros, minutos u otros costes derivados del servicio, a consumir en un período no superior a veinticuatro meses a contar desde la fecha de notificación de la orden de concesión de la subvención, en las empresas de carsharing y motosharing que se adhieran al programa de incentivos reglado a través del Convenio de colaboración firmado entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico (AEDIVE) y las empresas de movilidad compartida especificadas en el mismo.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la orden de declaración de crédito disponible vía extracto hasta el 15 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Sexto

Período subvencionable

Del 1 de enero al 15 de noviembre de 2020.

Madrid, a 21 de octubre de 2020.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/28.081/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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