Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
23-10-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201023-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Tres Cantos. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de las Bases Reguladoras aprobadas en Junta de Gobierno Local, de la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Tres Cantos, por las que se convocan ayudas a las Entidades Ciudadanas (Asociaciones y Ampas) de Tres Cantos a través de la aprobación de Proyectos presentados, para 2020.

BDNS 527840

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas subvenciones aquellas Asociaciones y Ampas sin ánimo de lucro, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, con una antigüedad mínima de 1 año.

2. Tener su domicilio social en Tres Cantos.

3. Desarrollar el proyecto para el que solicitan subvención en la localidad de Tres Cantos y que sus actividades se encuadren dentro del objeto y finalidad recogidos en la presente convocatoria.

4. Tener un fin social o cultural con alcance y repercusión para un número amplio de ciudadanos.

5. Que las actividades que realicen sean sin ánimo de lucro, o bien que, si obtienen beneficios de ellas, éstos reviertan en actividades propias de la entidad.

6. Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Tres Cantos en los años anteriores.

Segundo. Objeto.—Los proyectos objeto de subvención por parte del Ayuntamiento de Tres Cantos, serán aquellos que tengan el propósito de fomentar actividades de interés público y social y que tengan por finalidad:

a) Promover y apoyar el asociacionismo en el municipio de Tres Cantos.

b) Fomentar valores sociales y culturales dentro de los ámbitos de: la Cultura, la Juventud, la Participación Ciudadana, la Mujer, el Medio Ambiente, la Dinamización, Formación y Promoción para el Empleo, la Educación y los Servicios Sociales.

Tercero. Bases reguladoras.—Aprobadas en Junta de Gobierno de fecha 1 de octubre de 2020. A disposición en web municipal: http://trescantos.es

Cuarto. Cuantía.—Con cargo al crédito que para este fin ha sido aprobado en los Presupuestos del ejercicio de 2020 del Ayuntamiento de Tres Cantos, en la partida 2006 924 489 con denominación “Subvenciones Asociaciones Locales” e importe de 90.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria que se realizará de manera simultánea en: en la web municipal y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos: http://sede.trescantos.es

Tres Cantos, a 13 de octubre de 2020.—El primer teniente de alcalde, Javier Juárez de la Morena.

(03/26.934/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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