Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
21-10-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201021-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

71
Madrid número 10. Procedimiento 226/2019

EDICTO

Don José Carlos Gomila de Sande, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 226/2019, instados por el procurador D. Luis José García Barrenechea, en nombre y representación de BMW BANK GMBH, contra D. Luis Miguel Cruz López, en reclamación de 4.858,75 euros, en los que se ha dictado en fecha 15 de julio de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Fallo

Estimando la demanda formulada por el procurador Luis José García Barrenechea, en nombre y representación de BMW BANK GMBH, frente a Luis Miguel Cruz López, condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 4.858,75 euros, con los intereses moratorios pactados del 2 por 100 anual, y con condena a la parte demandada en las costas del procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de los de Madrid, de lo que doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamiento que impugna, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de Banco Santander, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la LOPJ, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Luis Miguel Cruz López, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 15 de julio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/25.422/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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