Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
20-10-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201020-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GUADALIX DE LA SIERRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

43
Guadalix de la Sierra. Organización y funcionamiento. Reglamento registro asociaciones vecinales

Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, de 23 de septiembre de 2020, se ha aprobado provisionalmente el reglamento regulador del Registro de Asociaciones Vecinales, por lo que se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:

a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.

b) Lugar donde se encuentra el expediente: Secretaría del Ayuntamiento.

c) Órgano ante quien se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

Asimismo se da audiencia a las organizaciones y asociaciones cuyos fines se vean afectados por esta ordenanza o tengan finalidades que coincidan con la misma, a tenor de lo preceptuado en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario ni publicación, entrando en vigor la ordenanza que se adjunta hasta su modificación o derogación expresa.

En Guadalix de la Sierra, a 1 de octubre de 2020.—El alcalde, Borja Álvarez González.

(03/25.598/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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