Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
15-10-2020

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201015-31

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

31
ORDEN 2517/2020, de 5 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se rectifica un error detectado en la Orden 1617/2020, de 31 de julio, por la que se modifica la Orden 1420/2016, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Mediante la Orden 1617/2020, de 31 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, se ha modificado la Orden 1420/2016, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Esta Orden fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 195, de 13 de agosto de 2020.

Advertido error en la modificación del artículo 5.2 acometida por el artículo primero.Dos de la mencionada Orden 1617/2020, de 31 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, y, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se señala que “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

DISPONGO

Primero

Rectificación del error

Rectificar el error apreciado en el artículo primero.Dos, respecto del artículo 5.2, de la Orden 1617/2020, de 31 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se modifica la Orden 1420/2016, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y, por tanto:

Donde dice: “2. Ser titular de una explotación agraria que tenga la calificación de prioritaria, bien a título individual o como socio de una explotación agraria constituida como Cooperativa Agraria o como Sociedad Agraria de Transformación (SAT), que reúnan los requisitos de agricultor activo no pluriactivo (agricultor a título principal) y siempre que usen superficies agrícolas en las zonas de montaña. Cada socio podrá percibir la indemnización correspondiente a su cuota de participación. En los casos en que también se solicite ayuda como titular de una explotación individual o como socio de otras Cooperativas Agrarias y/o Sociedades Agrarias de Transformación, deberán acumularse ambas a los efectos del cálculo de una indemnización compensatoria única”.

Deberá decir: “Ser titular de una explotación agraria, bien a título individual o como socio de una explotación agraria constituida como Cooperativa Agraria o como Sociedad Agraria de Transformación (SAT) que tenga la calificación de explotación agraria prioritaria, que reúnan los requisitos de agricultor activo no pluriactivo (agricultor a título principal) y siempre que usen superficies agrícolas en las zonas de montaña. Cada socio podrá percibir la indemnización correspondiente a su cuota de participación. En los casos en que también se solicite ayuda como titular de una explotación individual o como socio de otras Cooperativas Agrarias y/o Sociedades Agrarias de Transformación, deberán acumularse ambas a los efectos del cálculo de una indemnización compensatoria única”.

Segundo

Publicación

Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de octubre de 2020.—La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, P. D. (Orden 1/2018, de 25 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 30 de mayo de 2018), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(03/25.673/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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