Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
28-09-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200928-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

126
Madrid número 1. Procedimiento 1155/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1155/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Yolanda Martín Prior, frente a Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 193/2020

En la ciudad de Móstoles, a 11 de septiembre de 2020.

Fallo

Estimar la demanda de despido interpuesta por doña Yolanda Martín Prior contra Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida, S. L., declarando improcedente el despido de la actora y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida, S. L. a que abone a la actora la indemnización de 1.808,22 euros y los salarios de trámite a razón de 26,30 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando la prestación por desempleo del 6 de septiembre al 10 de noviembre de 2019, del 15 de noviembre al 15 de diciembre de 20219 y desde el 24 de marzo de 2020, y el salario que ha percibido de Adecco T.T. S. A. E.T.T. del 16 de diciembre de 2019 al 19 de febrero de 2020 y del 20 de febrero al 20 de marzo de 2020 si fuera igual o superior al de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-1155-19, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 14 de septiembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.797/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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