Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
25-09-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200925-66

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID

PERSONAL

66
Macomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Personal. Relación puestos de trabajo

Habiendo concluido la aprobación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, por Junta Plenaria de esta administración pública, en sesión celebrada el día 15 de septiembre de 2020.

De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación íntegra de la mencionada modificación. La Relación de Puestos de Trabajo, en su integridad, fue aprobada por la Junta Plenaria de la entidad en fecha 21 de diciembre de 2006, así como las modificaciones realizadas sobre la misma en sesiones de fechas 22 de marzo de 2007, 17 de abril de 2004 y 12 de mayo de 2011.

1. Suprimir los siguientes puestos de trabajo contemplados en la misma, dado su desajuste con las necesidades actuales y reales, así como los anexos indicados:

ANEXOS

— Anexo I: Funciones Específicas de la Jefatura de Departamentos de Educación de Adultos.

— Anexo III: Funciones Específicas del Coordinador/a del Centro de Servicios Sociales.

— Anexo VI: Funciones Específicas de los Educadores.

— Anexo VII: Funciones Específicas del Mediador Intercultural.

— Valoración del Puesto de Trabajo de Secretaria-Intervención.

— Régimen organizativo del Servicio de Educación de Personas Adultas.

2. Modificar el Código Identificación de varios puestos, así como el tipo de personal que debe de ocuparles, el cual será en todos los casos plazas de Personal de Laboral Fijo, y los servicios o programas a los que presta servicio, teniendo en cuenta que el personal técnico administrativo, aunque preste servicios en la Administración General de la entidad con la dependencia jerárquica de la Presidencia y funcional del titular de la Secretaría-Intervención, se imputarán los costes al resto de servicios o programas, según el siguiente desglose:

3. Modificar la denominación de los anexos que no procede su supresión, según el siguiente detalle:

ANEXOS

— Anexo II: Funciones Específicas de la Dirección del Centro de Servicios Sociales, se denominará: Anexo I: Funciones Específicas de la Dirección del Centro de Servicios Sociales.

— Anexo IV: Funciones Específicas de los Apoyos Técnicos, se denominara: Anexo II: Funciones Específicas de los Apoyos Técnicos.

— Anexo V: Funciones Específicas de los Trabajadores Sociales, se denominara: Anexo III: Funciones Específicas de los Trabajadores Sociales.

4. Modificar las características de los siguientes puestos de trabajo, quedando el resto en idénticas condiciones:

5. La Relación de Puestos de Trabajo de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid resultante de la modificación aprobada por la Junta Plenaria de la entidad, en sesión de 15 de septiembre de 2020, será la que se señala a continuación, en resumen:

ANEXOS

— Anexo I: Funciones Específicas de la Dirección del Centro de Servicios Sociales.

— Anexo II: Funciones Específicas de los Apoyos Técnicos.

— Anexo III: Funciones Específicas de los Trabajadores Sociales.

Griñón, a 16 de septiembre de 2020.—El presidente, José María Porras Agenjo.

(03/22.835/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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