Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
25-09-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200925-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS LOS PINARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Mancomunidad de Servicios Los Pinares. Organización y funcionamiento. Estatutos mancomunidad

La Junta de la Mancomunidad de Servicios “Los Pinares”, integrada por los Ayuntamientos de Cadalso de los Vidrios, Cenicientos, Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa, San Martín de Valdeiglesias, Villa del Prado, Aldea del Fresno, Colmenar del Arroyo y Chapinería, en sesión extraordinaria celebrada el 9 de septiembre de 2020, adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación del artículo 2.o, de los estatutos que rigen esta Mancomunidad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local y demás legislación concordante, el expediente de la citada modificación de los estatutos de esta Mancomunidad se encuentra expuesto al público a efectos de que los interesados puedan formular alegaciones, sugerencias o reclamaciones.

Los interesados que estén legitimados podrán presentar alegaciones, sugerencias o reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de alegaciones, sugerencias o reclamaciones: un mes.

b) Oficina de presentación: en el Registro General de la Mancomunidad de Servicios “Los Pinares”, carretera de Ávila 1, San Martín de Valdeiglesias (Madrid), pudiéndose también presentar en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

c) Órgano ante el que se presentan: Junta de la Mancomunidad.

San Martín de Valdeiglesias, a 14 de septiembre de 2020.—La presidenta, Ana Belén Barbero Martín.

(03/22.578/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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