Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
24-09-2020

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200924-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

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ORDEN de 21 de septiembre de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se procede a la corrección de la Orden de 18 de agosto de 2020, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, por promoción interna.

Apreciado error en la Orden de 18 de agosto de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de septiembre), de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, por promoción interna.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 2.b) del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,

DISPONGO

Primero

Rectificar el apartado tercero de la citada Orden de 18 de agosto de 2020, en los términos siguientes:

Donde dice: “De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la convocatoria aprobada por la citada Orden 598/2018, de 26 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de marzo), de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, quedan excluidos del nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, por promoción interna, por no cumplir los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria los siguientes aspirantes:

— Doña Celia Rangel Martínez.

— Doña Nuria Sacristán Martín.

— Doña Esperanza Moreira Romero.

Asimismo, quedan excluidos del nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en la plazo previsto en la base segunda de la convocatoria, los siguientes aspirantes:

— Don Carlos José Fernández-Cron Fernández.

— Don Ramón Cámara López.

— Doña Ana Isabel del Valle Rodríguez.

— Doña Marta Esteban de Diego”.

Debe decir: “De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la convocatoria aprobada por la citada Orden 598/2018, de 26 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de marzo), de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, quedan excluidos del nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, por promoción interna, por no cumplir los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria los siguientes aspirantes:

— Doña Celia Rangel Martínez.

— Doña Nuria Sacristán Martín.

— Doña Esperanza Moreira Romero.

— Don Marcelino Sevilla Cañada.

— Doña Ana María Camacho Sánchez.

Asimismo, quedan excluidos del nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en la plazo previsto en la base segunda de la convocatoria, los siguientes aspirantes:

— Don Carlos José Fernández-Cron Fernández.

— Don Ramón Cámara López.

— Doña Ana Isabel del Valle Rodríguez.

— Doña Marta Esteban de Diego”.

Segundo

En concordancia con lo expuesto en el apartado anterior, rectificar el Anexo de la citada Orden de 18 de agosto de 2020.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 21 de septiembre de 2020.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D. (Orden 6 de julio de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), el Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.

(03/23.640/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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